AMLO aseguró que terminará su mandato hasta 2024: “Pero depende del pueblo”

La materia de la presente iniciativa es la Revocación de Mandato, entendida como el mecanismo que permite a los ciudadanos sustituir democrática y legalmente a los gobernantes elegidos popularmente. La revocación de mandato es una de las formas de democracia participativa más acabada y tal vez por ello, de las menos adoptadas por las democracias tradicionales planas y representativas.

El Diccionario de Ciencia Política de Dieter Nohlen1, define la revocación como el procedimiento institucional previsto en concepciones de democracia directa, de acuerdo con el cual, es posible en todo momento la remoción del puesto de representantes electos por parte de sus electores.

Entre las ventajas de la revocación del mandato se encuentran:

Buscar que no se cometan infracciones
contra el orden público social y económico.
dando estabilidad a los ciudadanos, es
decir, impone de alguna manera a los
gobernantes, un control de lesividad de sus
actos.

Le da a los ciudadanos la facultad de tomar
decisiones acerca de sus gobernantes, no
cada cuatro años, sino cuando consideren
que no están actuando conforme a sus
interés, ello implica que el pueblo mantiene
un control sobre los gobernantes.

De igual manera, entre las desventajas se encuentran:

Ouienes contrarían la revocatoria del
mandato. dicen que el hecho de que el
pueblo tenga tanto poder para limitar a los
gobernantes electos, genera miedo a tomar
decisiones impopulares pero necesarias.

Que este mecanismo sea utilizado por
partidos políticos contrarios para llevar a
cabo sus intereses.

No obstante, nuestro acuerdo con la referida iniciativa, es importante precisar que se trata de un tema que debe ser estudiado con mucho cuidado y objetividad, su complejidad merece el esfuerzo de legisladores del Congreso y de las legislaturas de los Estados, por múltiples razones, como las siguientes:

  1. La iniciativa presenta diversos defectos de técnica legislativa que deben repensarse con más cuidado; por ejemplo, no es un “proceso” (como se señala en el texto propuesto como adición al artículo 83 constitucional), toda vez que atendiendo a su naturaleza, la revocación del mandato como institución de la democracia y, en este caso, de la democracia participativa a través del voto, se trata de un “procedimiento” que se desahoga durante el proceso electoral correspondiente.
  2. Por otro lado, hay temas que se prestan al juego de palabras, pero que dentro del texto de la Constitución podrían significar o representar un altísimo riesgo a la Democracia; por ejemplo, en el párrafo segundo que se pretende adicionar al artículo 83, se indica: El proceso de revocación del mandato del presidente de los Estados Unidos Mexicanos, tiene como objeto que la ciudadanía decida la permanencia del titular del Poder Ejecutivo de la Unión.

Es decir, no se trata de la remoción, del cese, o de la revocación del mandato lo que se decidiría en una votación ciudadana, sino la permanencia del titular del Poder Ejecutivo, situación distinta.

Fuente de consulta:

https://www.forbes.com.mx/politica-ine-ordena-a-amlo-no-opinar-sobre-consulta-de-revocacion-de-mandato/

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